Nuevas multas de la DGT
El año se presenta con más novedades en la ley de Tráfico: se endurecen algunas sanciones y se penalizan nuevas infracciones. A partir del 21 de marzo y con el objetivo de mejorar la seguridad vial, entran en vigor una serie de normas de carácter obligatorio que pasamos a indicarte para evitar multas y temeridades.
Se trata de la nueva Ley Ley 18/2021 de diciembre, la cual modifica el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. El principal objetivo de la nueva normativa Dirección General de Tráfico es endurecer las sanciones de ciertas prácticas al volante que suponen un riesgo para la seguridad vial.
Multa por conducir sujetando el móvil
Entre las nuevas sanciones más comentadas encontramos la nueva multa DGT por llevar el móvil en la mano. Hasta el momento, muchos conductores que habían sido detectados sujetando el móvil mientras circulaban aludían la multa justificando que no estaban haciendo uso del mismo, solo sujetándolo. Sin embargo, con la entrada en vigor de esta nueva sanción dejará de ser un motivo válido.
A partir del 21 marzo, se sancionará con una multa que asciende a los 500€, junto a la pérdida de 6 puntos del carnet de conducir, a aquellos que tengan el teléfono móvil en la mano, independientemente de que estén haciendo uso de este o no.
No se podrá superar en 20 km/h para adelantar
Hasta el momento se podía superar la velocidad en 20 km/h en carreteras convencionales para poder adelantar. No obstante, a partir de marzo esta práctica queda prohibida. De esta manera, si deseamos adelantar al vehículo que circula delante nuestra, deberemos esperar a que reduzca su velocidad o hacerlo respetando la velocidad máxima establecida en la vía con la requerida cautela.
1.5 metros de distancia para adelantar a ciclistas
Los ciclistas son uno de los grupos que más riesgos corren en carretera. No mantener la distancia suficiente a la hora de adelantarlos puede suponer un grave peligro para su persona. Así, la DGT ha determinado los 1,5 metros como distancia obligatoria para adelantar a los ciclistas. Asimismo, se podrá invadir el carril contrario solo extraordinariamente y si las condiciones de la vía y del tráfico son adecuadas. En la nueva normativa de adelantamientos a ciclistas se obliga a reducir en 20km/h la velocidad respecto al límite fijado en la vía.
Casco obligatorio para patinetes o VMP
Cada vez son más las personas que hacen uso de los patinetes o Vehículo de Movilidad Personal (VMP) para evitar los habituales atascos de las grandes ciudades. Esto ha traído consigo un aumento de los accidentes en VMP. Por ello, la Dirección General de Tráfico ha decidido introducir nuevos cambios normativa sobre patinetes eléctricos, entre los que se contempla la imposición del uso de casco obligatorio. No obstante, será el ayuntamiento de cada localidad quien decida si obligar a portar casco en este tipo de vehículos o no. Asimismo, la DGT también plantea el seguro obligatorio para patinetes.
Multa más alta por no llevar cinturón o casco
A estas alturas y después de infinitas campañas de concienciación, todos los conductores deberían ser conscientes de la gran importancia del cinturón de seguridad y el casco para proteger nuestra integridad física. Aunque existen circunstancias en las que está permitido no ponerse el cinturón de seguridad, no llevarlo puede tener consecuencias fatales.
Sin embargo, aún siguen siendo muchos los conductores que se lanzan a la carretera sin abrocharse el cinturón o ponerse el casco en la moto. En consecuencia, la DGT ha decidido endurecer las sanciones por no hacer uso de los elementos de seguridad básicos.
Cuando la nueva medida entre en vigor, aquellos conductores que no utilicen el cinturón de seguridad, los dispositivos de retención infantil o el casco perderán 4 puntos en el carnet de conducir. Esta pérdida también será aplicable a los casos en los que se utilizan de forma errónea.
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