Son muchas las personas que necesitan gafas o lentillas para ver correctamente, en el caso de manejar un vehículo en carretera, con mayor importancia aún, ya que no ver correctamente mientras circulamos puede atentar gravemente contra la seguridad vial. Sin embargo, muchos conductores que requieren gafas para ver bien cogen el coche sin pararse a pensar las consecuencias, no solo el riesgo para él mismo y los demás conductores, sino las consecuencias legales de este acto. Si te preguntas ¿me pueden multar por conducir sin llevar las gafas puestas? La respuesta es sí, conducir sin gafas es ilegal y te podrán sancionar por ello.
Multa por conducir sin llevar las gafas puestas
En el carnet de conducir del conductor que necesite gafas para conducir se deberá especificar un código que determine esta limitación u otras recogidas en el Reglamento General de Conductores.
Si decides coger el coche sin llevar las gafas puestas podrás ser sancionado con una multa que asciende a los 300€, sin pérdida de puntos, estando este acto calificado como infracción grave.
¿Qué dice la normativa?
En el artículo 3 del Reglamento General de Conductores se establecen 6 elementos destinados a la corrección de la visión:
- Gafas (código 01.01)
- Lentes de contacto (01.02)
- Cristales de protección (01.03)
- Lentes opacas (01.04)
- Recubrimiento del ojo (01.05)
- Gafas o lentes de contacto (01.06)
En el caso de desear modificar alguno de los anteriores códigos en nuestro carnet de conducir, deberá ser comunicado a la Jefatura Provincial de Tráfico, justificando los motivos para incluir o excluir el código de nuestro permiso.
¿Cómo sabe Tráfico si necesito gafas para conducir?
Muchos conductores piensan que Tráfico nunca sabrá si necesitan o no gafas de vista para poder conducir, pero esto no es cierto, y te explicamos por qué.
La Dirección General de Tráfico (DGT) sabe si necesitas gafas o no. Cuando nos presentamos al examen de conducir, el examinador conocerá de si presentas esta limitación o no. El apartado número 12 hace referencia a las observaciones en nuestro carnet de conducir y junto a este aparecerán los códigos descritos anteriormente. Esa es la razón por la que si un agente de Tráfico nos detiene el vehículo podrá comprobar si la persona que está conduciendo necesita o no gafas para conducir.
Asimismo, en nuestro carnet de conducir también podrá aparecer si necesitamos algún elemento para escuchar mejor, como un audífono; así como el requerimiento de usar prótesis o cualquier otra limitación de tipo médica, como conducir a una velocidad determinada o no poder conducir portando a otros pasajeros. En definitiva, no solo la necesidad de llevar gafas para la vista, sino que la DGT conocerá cualquier tipo de necesidad especial que presente un conductor para circular.
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