Quizás no lo sabías, pero existen ciertas enfermedades por las que la DGT te puede quitar el carnet de conducir. Si tienes que renovar tu permiso de conducir, deberás entregar un informe médico; en caso de no presentar un informe favorable del médico que trate tu enfermedad, la Dirección General de Tráfico podrá decidir no renovarte el carnet de conducir cuando te correspondiera.
Esto es, sin un informe médico favorable no podrás seguir disfrutando de tu carnet de conducir por no poder superar el reconocimiento de conductores exigido para ello.
A continuación, te presentamos las enfermedades por las que la Dirección General de Tráfico te requerirá el documento necesario para pasar el examen médico anterior a la renovación de tu permiso:
Enfermedades vasculares
Si padeces una enfermedad vascular, deberás acudir al médico que te trate para que elabore un informe. En caso de haber tenido una aneurisma de grandes vasos, podrás renovar tu carnet de conducir entre 1 y 10 años con un informe médico favorable. No obstante, no podrás volver a circular si el especialista alerta de la existencia de riesgo de rotura de vasos.
Enfermedades cardíacas
Asimismo, si has sido operado para la colocación de un marcapasos, desfibrilador o prótesis cardiaca, o sufres una arritmia cardiaca, será necesario un informe del médico favorable para poder renovar tu carnet de conducir. En el caso de la colocación de una prótesis cardiaca, para renovar tu permiso deberán pasar 3 meses, asimismo, la renovación deberá ser supervisada cada 2-3 meses.
Enfermedades endocrinas
También será necesario un informe si consumes medicamentos hipoglicemiantes o sufres de diabetes. El plazo para renovar el carnet de conducir es de 1-5 años en caso de resultar favorable el informe.
Con el informe favorable, podrás conducir sin tener que renovar tu permiso en el plazo de 10 años en el caso de padecer hipotiroidismo y paratiroides.
Enfermedades digestivas
Si has sido intervenido para un trasplante renal o tienes tratamiento de diálisis por nefropatía diabética, al igual que en el resto de casos, deberás presentar un informe favorable en Tráfico para renovar tu permiso, siendo necesario en este caso que el informe sea elaborado por el nefrólogo; además, en este caso deberán haber pasado 6 meses desde que se realizó el trasplante.
Enfermedades respiratorias
Si sufres apnea del sueño, distinguimos entre:
- Sin informe favorable del médico: no apto para renovar el carnet de conducir
- Disneas de esfuerzo leve o permanentes en reposo: tampoco será posible la renovación de tu permiso
- Con informe favorable del médico: podrás renovar tu carnet de conducir con vigencia durante 3 años.
Enfermedades psiquiátricas
Dentro de las enfermedades psiquiátricas encuadramos también los trastornos cognitivos, amnésicos y la demencia.
Según el tipo y el riesgo que suponga la enfermedad para la seguridad en carretera, la vigencia del permiso de conducción será de unos determinados años.
Enfermedades neurológicas
- Si has tenido un accidente isquémico transitorio: para poder renovar tu carnet de conducir deberán haber pasado 6 meses sin síntomas
- Si has sufrido epilepsia: deberás presentar un informe médico en el que se acredite que no la habías tenido nunca antes o no la has vuelto a padecer en el período de 6 meses.
- Si padeces epilepsia repetida: Tráfico te renovará el carnet de conducir con una vigencia de 1-2 años si ha trascurrido 1 año sin volver a padecerla.
Enfermedades oncológicas
En el caso de las enfermedades oncológicas, podrás renovar tu carnet de conducir con vigencia de 1 año con informe favorable. Mientras, la vigencia del permiso será de máximo 5 años si no hay síntomas de enfermedad actual y no se está recibiendo tratamiento.
Por otro lado, generalmente, si se sufren trastornos oncohematológicos, no se podrá renovar el carnet de conducir hasta que no hayan pasado 10 años desde la completa remisión.
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