¿Tengo que bajarme de la bicicleta para cruzar un paso de cebra si soy ciclista?

¿Tengo que bajarme de la bicicleta para cruzar un paso de cebra si soy ciclista?

Cada vez son más las personas que optan por trasladarse en bicicleta o en patinete eléctrico, este último considerado VMP o Vehículo de Movilidad Personal. Debido a los posibles largos atascos que podemos encontrar en las ciudades, la bicicleta o el patinete eléctrico se convierte en una buena alternativa, ya que además de tratarse de vehículos económicos, estaremos contribuyendo a la responsabilidad medioambiental. Sin embargo, estos vehículos tienen una normativa específica que muchos usuarios desconocen. Entre las dudas más frecuentes, se presenta la siguiente pregunta: ¿tengo que bajarme de la bicicleta para cruzar un paso de cebra si soy ciclista?

A pesar de que cruzar un paso de cebra es una práctica muy frecuente en carretera, pocos saben si legalmente lo podrían hacer si van montados en una bicicleta o patinete eléctrico. La normativa de la DGT contempla el cruce de un paso de cebra montado en alguno de estos vehículos como práctica sancionable con su correspondiente multa. Te explicamos los detalles.

 

Si vas en bicicleta o patinete, tienes que bajarte para cruzar un paso de cebra

Las bicicletas y los patinetes eléctricos o VMP siguen la misma normativa que las motocicletas, ya que son considerados ciclos de dos ruedas. En el Reglamento General de Circulación y la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial se determina que solo los peatones poseen prioridad de paso en los pasos de cebra, excluyendo a las motos, por lo que ocurre lo mismo con las bicicletas o VMP.

Por lo tanto, si vas en bicicleta o en patinete eléctrico, tienes que bajarte del vehículo para cruzar un paso de cebra y cruzarlo a pie como el resto de peatones, ya que estos pasos están reservados para este colectivo. Si no lo haces, este acto podrá costarte una multa de hasta 200€. No obstante, en caso de haber un paso para ciclistas o un carril bici contiguo, sí que podrías cruzarlo sin necesidad de bajarte del vehículo.

 

Multa por cruzar un paso de cebra subido en bicicleta o VMP

Cruzar un paso de cebra subido en bicicleta o patinete eléctrico sin bajarte es una infracción grave que conlleva una multa de hasta 200€. Esto se recoge en el artículo 65 del Reglamento General de Circulación.

Así lo advertía la Guardia Civil desde su cuenta de Twitter:

Un paso de cebra es un espacio habilitado para el cruce de peatones y está claro que la bicicleta es un vehículo. Cuando un ciclista tiene que cruzarlo debe bajarse y pasar caminando. ¡Ciclista! sé cívico y da ejemplo del cumplimiento de las normas.

 

¿Puede ir un patinete eléctrico por el carril bici?

Las bicicletas y los patinetes eléctricos, al igual que el resto de vehículos, tienen restringido el paso en las aceras y zonas peatonales.

Ante la pregunta ¿puede ir un patinete eléctrico por el carril bici?, respondemos que sí, ya que los carriles bici están reservados para las bicicletas y vehículos VMP.

Por otra parte, ambos vehículos podrán circular por la calzada, para lo que se aconseja que indiquen con los brazos las maniobras y que circulen por el carril contiguo a la acera.

 

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